- ¡No subestimen las intimaciones y
órdenes de embargos por facturas impagas! -
En el mes de mayo
comienzan a llegar las facturas del impuesto municipal "juminzei
(shiminzei) / kuminzei” que debe abonarse en junio, agosto, octubre y
enero del siguiente año. El valor del impuesto se basa en los ingresos del año
anterior y en la declaración de ingresos e impuestos denominado "kakutei
shinkoku” o el ajuste de fin de año "nenmatsu chosei” realizado por
la empresa. Los asalariados suelen pagar estos impuestos de manera indirecta
porque el empleador los deduce directamente del salario y lo debita a la
administración tributaria.
Sin embargo, los
autónomos, amas de casa que no son carga familiar del titular (tienen
ingresos), etc., recibirán en sus domicilios estas facturas del "juminzei”
y es obligación pagarlos en las respectivas fechas de vencimiento. Este
impuesto es el equivalente a los servicios municipales y por residir en una jurisdicción
determinada, por lo que si bien hay un cálculo preestablecido cada municipio
aplica una alícuota propia según sus necesidades. O sea, aunque ganen lo mismo
el valor de este impuesto puede variar de una ciudad a otra e incide
directamente en el cálculo del seguro nacional de salud "kokumin kenko hoken”.
A veces, por olvido
o por falta de recursos pueden ocurrir situaciones de morosidad en los pagos.
En esos casos, desde la fecha de vencimiento hasta los 30 días se aplica una
penalidad básica del 1.7% más el 1% y por ende es del 2.7% anual. Sin embargo,
cuando pasa ese primer mes la penalidad o interés punitivo es del 1.7% más
7.3%, o sea aumenta al 9% anual. Incluso, a medida que van pasando los meses y
el contribuyente no paga el municipio puede iniciar el embargo forzoso de
bienes para subastarlos y cubrir la deuda impaga.
Lo usual es que al
comienzo el municipio envíe una Nota de Intimación al Pago denominado "tokusokujo”.
Si después de reiteradas intimaciones el contribuyente no paga, inician sin
titubear el trámite de embargo de bienes "zaisan no sashiosae”. El
embargo no es solamente a los bienes muebles sino también se aplica a la cuenta
bancaria, ahorros a plazo fijo, etc. Desde luego, se tiene en cuenta las
necesidades de manutención y gastos básicos, por lo que el embargo no es 100%
sobre el salario o los ingresos que tenga el contribuyente. Sobre los bienes muebles como el televisor, vehículo,
etc. el municipio lo pone a disposición en una subasta por internet y con esos
recursos va cubriendo la deuda pendiente. Por eso, aunque fuere de a poco, es
importante ir pagando la deuda pendiente hasta cancelar la totalidad a fin de
evitar estos trastornos y malos momentos. En esto a medida que pasa el tiempo
el interés punitorio se va acumulando sobre la deuda y eso hace que cada vez se
vaya alejando las posibilidades de cancelación.
Cuando el
contribuyente fue afectado por una catástrofe natural, incendio, robo,
enfermedad, etc. el municipio puede suspender el cobro forzoso del "juminzei”,
pero no significa que quede eximido del pago. Solo cuando se declara
judicialmente en quiebra "jiko-hasan”
o por una situación inevitable se beneficia con el cobro del subsidio de
subsistencia "seikatsu-hogo” durante
más de tres años, la obligación tributaria puede caducar por completo.
Algunos especulan
"avivadamente” que estas deudas prescriben. Es cierto, en 5 años prescribe,
pero mientras el municipio sigue enviando las intimaciones o está en trámite de
embargo ese tiempo no se contabiliza para la prescripción de la deuda, por lo
que según comentan los abogados tributaristas de hecho casi nunca prescribe el
"juminzei”. Lo mismo ocurre cuando un extranjero se regresa a su
país y regresa en unos años. Ese tiempo no se contabiliza.
Ya ha habido
innumerables casos de latinos que cuando retornaron a Japón después de varios
años recibieron una parva de facturas del impuesto municipal y del seguro de
salud, desde luego con sus respectivos intereses punitivos. Eso pasa porque al
momento de dejar Japón no cancela debidamente todas las cuentas y no hacen el
debido cambio de domicilio. Por más que por esa ausencia caduque el visado, la
obligación de pagar los impuestos no caduca.
Las facturas impagas
del seguro nacional de salud "kokumin
kenko hoken” tienen un tratamiento similar de intereses punitivos y
embargo, con el agravante de que aunque tenga la tarjeta del seguro "hokensho” deberá pagar en cada
visita médica, tratamiento y medicamentos recetados, el 100% del valor para
luego obtener el reintegro correspondiente. O sea que si no tiene suficiente
dinero en efectivo no podrá realizar ningún tratamiento médico y mucho menos
una operación.
Cabe señalar que
este tipo de deudas jamás prescriben porque la administración municipal se
encarga de intimar y tramitar el embargo para que no corra el tiempo de
prescripción. Y aunque cambien de domicilio a otro municipio de otra prefectura,
la situación de morosidad no cambia en absoluto pues toda esa información se
cruza de inmediato. Aunque hayan vivido en Nagoya (Aichi) y luego se muden a
Narita (Chiba), la parva de facturas del anterior municipio llega y los
persigue a cualquier municipio de Japón hasta finalizar su total cancelación.
Siempre es necesario calcular que aproximadamente el 30%
del salario se va en deducciones de seguridad social e impuestos. A esto habrá
que agregar la deuda hipotecaria los que han comprado casa y/o la cuota que
deben pagar por la compra en cuotas (vía tarjeta o financiación de la tienda)
de un coche o muebles.